Uso fraudulento de datos y tarjetas bancarias
Constituye un delito de estafa electrónica prevista en el artículo 248 del Código Penal –y castigado con penas de hasta 6 años de prisión- la utilización de sistemas de pago electrónico con tarjeta de crédito cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- El usuario facilita datos falsos del comprador o de la tarjeta utilizada
- Utilizar los datos de una persona diferente al comprador
- Facilitar números de tarjeta que no coincidan con la del comprador
- Usurpar la condición de titular de tarjetas ajenas
- Utilizar números de tarjeta generados con programas informáticos o algoritmos similares.
Nos reservamos la posibilidad de denegar la entrega del pedido cuando sus sistemas internos de identificación alerten sobre la posibilidad de irregularidades en la transacción.